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Llámanos para solicitarla.
La Licencia de Segunda Ocupación o Cédula de Habitabilidad es un certificado que se expide para segundas ocupaciones y posteriores que acredita que una vivienda es habitable.
Quiero explicarte qué es, qué validez tiene y cuándo es necesaria, quién tiene que solicitarla, cómo se tramita, el coste y cómo te ayudamos desde nuestro estudio de arquitectura para que la puedas obtener en el menor tiempo posible.
La Segunda Ocupación es el documento oficial que acredita a la vivienda para ser ocupada, ya que cumple con los requisitos mínimos necesarios para ser habitable.
Es el equivalente a la Cédula de Habitabilidad, podemos decir que es un examen de calidad que evalúa la seguridad, higiene y salubridad de la vivienda.
Estas declaraciones se deben renovar cada 10 años, si concurre alguna de las siguientes situaciones:
Una de las dudas más frecuentes en una compra-venta es quién se tiene que hacer cargo tanto de la solicitud como del pago de la segunda ocupación.
En cuanto a la solicitud no cabe duda de que debe ser el nuevo propietario, es decir, el comprador de la vivienda, ya que es el que va a habitarla y será el titular de los suministros de agua y luz, y, por tanto, la tramitación de este documento debe ir a su nombre.
Por otro lado, si esto es así, damos por sentado que también debe hacerse cargo de los costes que esto conlleva, aunque es posible que se acuerde entre comprador y vendedor otras condiciones y el vendedor se haga cargo.
Pero por norma general, será el comprador quien costee los gastos de la segunda ocupación, ya que es un trámite que se efectúa tras la venta y una vez que la vivienda ya está a nombre del nuevo propietario.
El trámite de Declaración Responsable de Segunda y posterior ocupaciones, se presenta ante el Ayuntamiento del Municipio donde se emplace la vivienda y debe ir adjunto un certificado de un profesional cualificado.
Este certificado asegura que el edificio, o la parte específica que se va a utilizar, cumple con las condiciones que se establecieron cuando se emitió la Primera Ocupación.
Además, en determinadas situaciones es necesaria la presentación del Libro del Edificio o del Informe de Evaluación del Edificio, si la normativa local lo requiere.
No. Varía según el año de construcción del edificio.
Cada vez, a las viviendas se les exigen más requisitos en cuestión de habitabilidad, salubridad, seguridad y eficiencia energética, y ni qué decir tiene que no van a cumplir los mismos parámetros una vivienda construida, digamos, en los años cincuenta que en los dos mil.
En este ejemplo, si se quisiera equiparar la vivienda antigua a los requisitos actuales, de seguro que sería un coste no asumible por parte del propietario.
Es por ello, que, al menos, sí se pedirá que cumpla los requisitos que fueron obligatorios en el momento de su construcción o de una reforma integral posterior, para asegurar, fundamentalmente, que no se han realizado obras que haya disminuido sus condiciones iniciales.
Por un lado, el coste de las tasas municipales, las cuales dependerán del Ayuntamiento. En nuestros años de experiencia, hemos visto tasas que pueden variar entre los 40 y 130€, según el Municipio.
Por otro lado, los honorarios por la redacción del certificado de habitabilidad dependerá de la complejidad de la documentación que se solicite en el Ayuntamiento, ya que en algunos casos el Ayuntamiento requiere de levantamiento de planos y de información técnica más detallada. No obstante, y a falta de las condiciones particulares, suele rondar los 120€.
En el Estudio somos conscientes de la urgencia que tienen este tipo de certificados para los propietarios, ya que de ello dependen el alta en los suministros de agua y luz.
Es por ello, que en el precio de nuestros honorarios incluimos, además de la visita de inspección y redacción del certificado, la gestión del trámite en el Ayuntamiento pertinente.
Damos prioridad a estas visitas a la vivienda dentro de la misma semana de contacto y el trámite lo realizamos 24h tras la visita a la vivienda.
En Homelybee somos certificadores autorizados y nos encargamos de elaborar la Licencia de Segunda Ocupación. Si la necesitas para tu propiedad en la provincia de Alicante, no dudes en contactar con nosotros.
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