Arquitectura y normativa

La construcción y el cumplimiento de la normativa

Vamos a intentar explicar de manera sencilla para que se entienda el por qué de la necesidad de cumplimiento de unas normas básicas dentro de la construcción.

Hoy en día, realizar un Proyecto de arquitectura dista mucho de lo que fue hace tan sólo 50 años, cuando se construía principalmente por el “saber y buen hacer” de la tradición en obra. Construir un edificio era algo ambiguo en el sentido de que sólo existían técnicas aprehendidas y adoptadas por tradición, no había un razonamiento técnico y justificativo de que lo que se había realizado era la solución más segura e idónea tanto constructiva como económicamente. De ello muchas catástrofes vistas por fallos constructivos (de los cuales podremos hacer otra entrada).

Hasta 1977 no existió un marco unificado para la normativa relacionada con la edificación. Fueron las Normas Básicas de la Edificación (NBE) de 1977 y era de obligado cumplimiento. A las NBE se le añadieron las Normas Tecnológicas de la Edificación (NTE) para completar el marco regulatorio. Estas especificaciones no tenían carácter obligatorio y servían como el desarrollo operativo de las NBE.

Pero esta normativa, aunque unificó requisitos para los agentes de la edificación, no garantizaba la seguridad y habitabilidad de las construcciones y en 1999 La Ley 38/1999 de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, de la que nace el Código Técnico de la Edificación, es el pilar fundamental para el proceso de la edificación. La Ley fija los requisitos básicos de los edificios, actualiza y completa la configuración legal de los agentes que intervienen en el proceso de la edificación, fija sus obligaciones y establece las responsabilidades y las garantías de protección a los usuarios.

"El Código Técnico de la Edificación (CTE), es el marco normativo que establece y desarrolla las exigencias básicas de calidad de los edificios y sus instalaciones, permitiendo demostrar que se satisfacen los requisitos básicos de la edificación que establece la Ley."

En el marco reglamentario de la edificación son de obligado cumplimiento otras reglamentaciones técnicas de carácter básico, como las Instrucciones de Hormigón EHE, la norma de construcción sismorresistente, el Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios (RITE), otras normativas reglamentarias de seguridad industrial etc., que coexisten con el CTE y que en principio son referencias externas al mismo.

El CTE, tal como establece la LOE, puede completarse con las exigencias de otras normativas dictadas por las Administraciones competentes. Es decir, la normativa autonómica y local de aplicación en cada caso.

El papel del arquitecto en el cumplimiento de la normativa

El papel del Arquitecto entonces es conseguir que ese diseño soñado por el cliente se haga realidad y se consiga cumpliendo además una normativa muy restrictiva, pero que garantiza unas condiciones mínimas de seguridad y habitabilidad para sus usuarios.

Un Proyecto de Arquitectura completo, de obra nueva, de un edificio residencial puede tener una media de unas 500 hojas (de memorias, cálculos y justificaciones) y alrededor de unos 50 planos, en los que se detalla y justifica que todos los sistemas constructivos y la configuración del espacio va a conseguir, o superar, las espectativas mínimas de seguridad y confort requeridos.

Un arquitecto no es únicamente un diseñador de espacios y ambientes, es el profesional que, diseñando esos espacios, los hace seguros, habitables y además, utilizando dentro de la industria de la construcción, propone la solución constructiva más óptima para cada situación. Un buen arquitecto puede hacerte ahorrar mucho dinero en este sentido.

CTE. Código Técnico de la Edificación

El Código Técnico regula una serie de Documentos Básicos donde se establecen las exigencias mínimas de seguridad y habitabilidad que debe cumplir cada edificio.

Todos estos documentos están relacionados entre sí y las soluciones a adoptar por el Proyectista serán aquellas que los cumpla todos transversalmente.

A grandes rasgos, las exigencias mínimas que debe cumplir todo edificio son las siguientes:

Seguridad Estructural
seguridad estructural

El objetivo del requisito básico “Seguridad estructural” consiste en asegurar que el edificio tiene un comportamiento estructural adecuado frente a las acciones e influencias previsibles a las que pueda estar sometido durante su construcción y uso previsto.

Aquí se establecen dos exigencias básicas:

  • Exigencia básica SE 1: Resistencia y estabilidad
  • Exigencia básica SE 2: Aptitud al servicio

 

Básicamente esto significa que nuestra estructura debe mantenerse en pie, como es algo lógico e intuitivo, tanto bajo unas condiciones como para enfrentarse a eventos meteorológicos extraordinarios y que además, no se produzcan deformaciones, movimientos, degradaciones o anomalías inadmisibles.

Seguridad en caso de Incendios
seguridad en caso de incendio

El objetivo del requisito básico “Seguridad en caso de incendio” consiste en reducir a límites aceptables el riesgo de que los usuarios de un edificio sufran daños derivados de un incendio de origen accidental, como consecuencia de las características de su proyecto, construcción, uso y mantenimiento.

 Establece 6 exigencias básicas:

  • Exigencia básica SI 1 – Limitar la propagación interior.
  • Exigencia básica SI 2 – Limitar la propagación exterior.
  • Exigencia básica SI 3 – Evacuación de ocupantes en condiciones de seguridad.

Esta exigencia se prevé tanto para situaciones de incendio como para cualquier otro motivo del que se necesite una rápida evacuación de los ocupantes.

  • Exigencia básica SI 4 – Instalaciones de protección contra incendios.
  • Exigencia básica SI 5 – Facilitar la intervención de bomberos .
  • Exigencia básica SI 6 – Resistencia al fuego de la estructura.
DB SUA. Seguridad de Utilización y Accesibilidad
seguridad de utilizacion y accesibilidad

El objetivo del requisito básico “Seguridad de utilización y accesibilidad” consiste en reducir a límites aceptables el riesgo de que los usuarios sufran daños inmediatos en el uso previsto de los edificios, como consecuencia de las características de su proyecto, construcción, uso y mantenimiento, así como en facilitar el acceso y la utilización no discriminatoria, independiente y segura de los mismos a las personas con discapacidad. 

 Establece 9 exigencias básicas:

  • Exigencia básica SUA 1 – Seguridad frente al riesgo de caídas 
  • Exigencia básica SUA 2 – Seguridad frente al riesgo de impacto o de atrapamiento
  • Exigencia básica SUA 3 – Seguridad frente al riesgo de aprisionamiento
  • Exigencia básica SUA 4 – Seguridad frente al riesgo causado por iluminación inadecuada
  • Exigencia básica SUA 5 – Seguridad frente al riesgo causado por situaciones con alta ocupación
  • Exigencia básica SUA 6 – Seguridad frente al riesgo de ahogamiento
  • Exigencia básica SUA 7 – Seguridad frente al riesgo causado por vehículos en movimiento
  • Exigencia básica SUA 8 – Seguridad frente al riesgo causado por la acción del rayo
  • Exigencia básica SUA 9 –  Accesibilidad
DB HS. Salubridad
salubridad

El objetivo del requisito básico “Higiene, salud y protección del medio ambiente”, tratado en adelante bajo el término salubridad, consiste en reducir a límites aceptables el riesgo de que los usuarios, dentro de los edificios y en condiciones normales de utilización, padezcan molestias o enfermedades, así como el riesgo de que los edificios se deterioren y de que deterioren el medio ambiente en su entorno inmediato, como consecuencia de las características de su proyecto, construcción, uso y mantenimiento.

 Establece 6 exigencias básicas:

 

  • Exigencia básica HS 1 – Protección frente a la humedad.
  • Exigencia básica HS 2 – Recogida y evacuación de residuos.
  • Exigencia básica HS 3 – Calidad del aire interior.
  • Exigencia básica HS 4 – Suministro de agua fría y caliente sanitaria.
  • Exigencia básica HS 5 – Evacuación de aguas.
  • Exigencia básica HS 6 – Protección frente a la exposición al radón.
DB HR. Protección al Ruido
proteccion al ruido

El objetivo del requisito básico “Protección frente el ruido” consiste en limitar, dentro de los edificios y en condiciones normales de utilización, el riesgo de molestias o enfermedades que el ruido pueda producir a los usuarios como consecuencia de las características de su proyecto, construcción, uso y mantenimiento. 

DB HE. Eficiencia Energética
solar power power station

El objetivo del requisito básico “Ahorro de energía” consiste en conseguir un uso racional de la energía necesaria para la utilización de los edificios, reduciendo a límites sostenibles su consumo y conseguir, asimismo, que una parte de este consumo proceda de fuentes de energía renovable, como consecuencia de las características de su proyecto, construcción, uso y mantenimiento.

Ni qué decir tiene que este punto está siendo revisado y modificado debido a la crisis energética actual y  lo que se pretende es conseguir reducir la demanda energética cada vez más, con el objetivo de edificios de consumo nulo para el año 2030.

 Establece 5 exigencias básicas:

Exigencia básica HS 1HE0 – Limitación del consumo energético

Exigencia básica HS 1HE1 – Condiciones para el control de la demanda energética

Exigencia básica HS 1HE2 – Condiciones de las instalaciones térmicas

Exigencia básica HS 1HE3 – Condiciones de las instalaciones de iluminación

Exigencia básica HS 1HE4 – Contribución mínima de energía renovable para cubrir la demanda de agua caliente sanitaria

Exigencia básica HS 1HE5 – Generación mínima de energía eléctrica

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